
Con el objetivo de aportar la máxima transparencia, el Club Baloncesto Molina expone cuales son las infracciones y sanciones que puede aplicar:
Descripción de las infracciones
El incumplimiento del presente Reglamento motivará la apertura, por parte de la Junta Directiva del Club, de una investigación para determinar la gravedad de los mismos, si de la investigación se deduce la responsabilidad de algún miembro del estamento deportivo del club, se establecerá la sanción que la Junta Directiva estime conveniente, con la comunicación directa a la persona afectada.
Las infracciones pueden ser: leves, graves o muy graves.
Se entiende por faltas leves:
- Faltas injustificadas de puntualidad.
- Faltas injustificadas de asistencia a entrenamientos y partidos.
- Actitud pasiva en entrenamientos y partidos.
- Falta de respeto a compañeros, entrenador, rivales, árbitros, etc
- Actos de indisciplina, injurias u ofensas no graves.
- Cualquier acto injustificado que altere levemente el normal desarrollo de las actividades del club.
Se entiende por faltas graves:
- Faltas injustificadas y reiteradas a entrenamientos y partidos.
- La reiterada falta de respeto a compañeros, entrenador, rivales, árbitros, etc
- Negarse a ser convocado para un partido sin justificación. Negarse a ser suplente o a salir en sustitución de un compañero durante el transcurso de un partido.
- Los actos de indisciplina, injurias u ofensas graves a los miembros del Club u otros, en deterioro de la imagen del Club.
- Los actos injustificados que alteren gravemente el normal desarrollo de las actividades del Club.
- La reiterada comisión de faltas leves en el desarrollo de la temporada.
Se entiende por faltas muy graves:.
- Los actos de indisciplina, injurias u ofensas muy graves contra los miembros del Club u otros, en deterioro de la imagen del mismo.
- La agresión física tanto a miembros del Club como a otros (rivales, árbitros, espectadores, etc.)
- La reiteración de faltas graves en la misma temporada.
Artículo 6.- Sanciones
La Junta Directiva acordará la creación de un Comité Sancionador que estará integrado por los siguientes miembros:
- El Presidente o la persona en quién delegue.
- Al menos dos miembros de la Junta Directiva.
- El Director Técnico.
- El Delegado de Equipo.
- El delegado de Campo.
Las sanciones deportivas para infracciones leves serán de uno a tres partidos, entre cuatro y cinco para las graves y de más de cinco para las muy graves.
Las sanciones económicas se utilizarán sobre todo en el deterioro del material o de las instalaciones por mal uso o por vandalismo, dependiendo de la cuantía de las mismas y del daño causado. También se podrán utilizar estas sanciones en los miembros del club que tengan algún tipo de retribución y en la comisión de actos que perjudiquen económicamente al mismo.
Las sanciones disciplinarias se adoptarán sobre todo en las infracciones derivadas de la falta de respeto a cualquier miembro del Club, se apartará del equipo al causante en un tiempo no inferior a una semana ni superior a dos meses dependiendo de la gravedad, pudiendo llegarse la expulsión si así lo valora el Comité Sancionador según la interpretación de los estatutos del Club.